Recargos o indemnizaciones en contratos ¿están sujetos a IVA?

pagos1.JPGEn muchas ocasiones, los contratos de ventas o de prestaciones de servicios llevan una cláusula que incluye el pago de un recargo o indemnización si no se entrega la mercancía o finaliza la prestación del servicio en una fecha pactada. ¿Están sujetas a IVA las cantidades percibidas como recargo en estos casos?

Resulta evidente que a la hora de documentar las operaciones realizadas, si se dá el caso de que haya que incluir en las mismas una compensación por el incumplimiento de los plazos pactados, tendrán que figurar en las facturas correspondientes dichas cantidades. ¿Deben éstas aparecer dentro de la base imponible antes de la aplicación del tipo de IVA correspondiente? Sigue en Pymes y Autónomos